CONCEPTOS DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA 15 DE JUNIO 2014

CONCEPTO 2407

SOCIEDADES OBLIGADAS A TENER REVISOR FISCAL

Tema: Los topes para que una sociedad éste o no obligada a tener revisor fiscal se calculan con base en el salario mínimo vigente del año anterior
Concepto: 220-038485 del 13 de marzo de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Será obligatorio tener revisor fiscal en todas las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos y /o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a tres mil salarios mínimos. Para el cálculo de estos topes se tendrá en cuenta el salario mínimo vigente al momento de cierre de cuentas, esto es a 31 de Diciembre de cada año.

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CONCEPTO 2406

COMO SE CATALOGAN LOS RECURSOS RECIBIDOS POR LAS CAMARAS DE COMERCIO EN EJECUCION DE CONVENIO

Tema: Recursos de Cámaras de Comercio
Concepto: Rad 2014-153 del 10 de abril de 2014
Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Los recursos provenientes de convenios con organismos de cooperación nacional e internacional y entidades públicas de orden nacional y local donde la Cámara de Comercio actúa como organismo ejecutor para adelantar un programa o proyecto específico, los recursos provenientes de estos se entenderán como subvenciones puesto que son ayudas en forma de transferencia de recursos a la entidad a cambio del cumplimiento futuro de ciertas condiciones relacionadas con su objeto social que es impulsar la actividad empresarial.

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CONCEPTO 2405

EL ARBITRAMENTO ES OBLIGATORIO CUANDO SE HA SUSCRITO Y CONVENIDO VOLUNTARIAMENTE

Tema: El pacto arbitral entre particulares
Concepto: 220-040085 del 18 de marzo de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

El sustento de la justicia arbitral es el reconocimiento constitucional expreso de la decisión libre y voluntaria de las partes contratantes de no acudir al sistema estatal de administración de justicia sino al arbitraje para la decisión de sus disputas. Por su parte, el incumplimiento a las reglas acordadas por las partes para la solución de posibles conflictos, de donde se infiere que si lo convenido como mecanismo para la solución de eventuales conflictos es el tribunal de arbitramento a él deberá acudirse en la forma y en los términos establecidos en el documento por ellos suscrito, mecanismo de carácter obligatorio siempre que así se hubiere contemplado y para los asuntos que allí se hubieren indicado.

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CONCEPTO 2404

PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN DE LAS EMPRESAS PRIVADAS EN EL REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS

Tema: Habeas Data- Registro Nacional de Bases de Datos
Concepto: RAD 14-076566- 00001 del 23 de Mayo de 2014
Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio

La Superintendencia de Industria y Comercio aclaró que para las bases de datos que existen al momento de la habilitación del mismo registro por parte de la SIC, será el término de un año desde la fecha de la entrada en funcionamiento del Registro, y para las bases de datos creadas luego de la entrada en funcionamiento del Registro serán 2 meses desde su creación. Finalmente, el procedimiento para la inscripción de las bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos será fijado por la Superintendencia según lo dispone el artículo 13 del Decreto 886 de 2014.

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CONCEPTO 2403

LA FIDUCIA MERCANTIL CON FINES DE GARANTÍA EN PROCESO DE INTERVENCIÓN

Tema: Fiducia Mercantil
Concepto: Oficio 220-038763 del 14 de marzo de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Si bien los artículos 12 y 13 del Decreto 1038 de 2009, consagran, de una parte, que para efectos de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 55 de la Ley 1116 de 2006, serán excluidos de la masa de la liquidación los bienes que para obtener financiación el deudor hubiere transferido a título de fiducia mercantil con fines de garantía, siempre y cuando el respectivo contrato se encuentre inscrito en el registro mercantil de la Cámara de Comercio con jurisdicción en el domicilio del fiduciante o en el registro que, de acuerdo con la clase acto o con la naturaleza de los bienes, se hubiere hecho conforme a la ley; y de otra, que si una vez pagadas las obligaciones de los acreedores del contrato de fiducia mercantil de que trata el artículo anterior, quedaré un remanente, este será incorporado a la masa de bienes del fideicomitente en proceso de insolvencia.

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CONCEPTO 2402

SANCION DE INEFICACIA DE DECISIONES ADOPTADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE UNA SOCIEDAD ANONIMA

Tema: Reconocimiento de los presupuestos fácticos que dan lugar a la ineficacia
Sentencia de Supersociedades 801000001 de 2014

El artículo 133 de la Ley 446 de 1998 le confirió a distintas superintendencias la competencia para reconocer los presupuestos fácticos que dan lugar a la ineficacia, con el fin de establecer una 'vía judicial expedita para obtener una declaración de certeza sobre los supuestos de hecho en que se funda un acto societario ineficaz, en orden a brindar un instrumento que ofrezca certeza sobre los fundamentos de dicha sanción'

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CONCEPTO 2401

LA AUTORIZACIÓN DEL REGLAMENTO DE COLOCACIÓN DE ACCIONES PRIVILEGIADAS O DE GOCE CORRESPONDEN A LA ASAMBLEA

Tema: Reglamento de colocación de acciones en una sociedad
Concepto: 220-041078 del 25 de marzo de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

La junta directiva es el órgano social competente para ordenar la suscripción de acciones que la sociedad tiene en reserva; sin embargo, cuando se trate de acciones privilegiadas o de goce, es la asamblea, quien debe autorizar el reglamento de colocación de éstas; en este caso, es preciso tener en cuenta que si los estatutos no prevén este tipo de acciones, debe promoverse su creación a través de una reforma estatutaria, la que debe solemnizarse y registrarse en la Cámara de Comercio.

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