CONCEPTOS DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA 15 DE MARZO  2015


CONCEPTO 2515
D I A R I O O F I C I A L N º 4 9 4 4 6 D E 2 0 1 5
Superintendencia de Industria y Comercio
RESOLUCIÓN NÚMERO 9428 DE 2015

Por la cual se fijan las tasas aplicables a los trámites generales que se surten ante la Super-intendencia de Industria y Comercio y se adiciona el numeral 2.6. al Capítulo Segundo del Título I de la Circular Única del 19 de julio de 2001 adoptada mediante Circular Externa número 10 de 2001.

La Secretaria General, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011, el artículo 22 del Decreto número 4886 de 2011, la Ley 1712 de 2014, el Decreto número 103 de 2015

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CONCEPTO 2514
ES VIABLE QUE EL CONTADOR DE LA SOCIEDAD HAGA A SU VEZ DE REPRESENTANTE LEGAL

Tema: No existe prohibición legal para el contador pueda ser el representante legal de la sociedad
Concepto: 220-00052 del 8 de enero de 2015
Entidad: Superintendencia de Sociedades

No existe disposición legal que prohíba a un contador público desempeñar en forma simultánea el cargo de representante y contador en una misma compañía, por lo tanto, es viable que éste ostente la doble calidad, siempre y cuando no exista confusión de funciones que generen traumatismo para la sociedad y los terceros y que los estatutos de la sociedad dispongan otra cosa al respecto.

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CONCEPTO 2513
LA ESCISIÓN SIEMPRE IMPLICARÁ COMO EFECTO PATRIMONIAL LA TRANSFERENCIA DE ACTIVOS Y PASIVOS.

Tema: En cualquier caso la escisión implica una transferencia de activos
Concepto: 000246 de febrero 19 de 2015
Entidad: Direccion de Impuestos y aduanas nacionales – DIAN

Habrá escisión cuando una sociedad sin disolverse, transfiere en bloque una o varias partes de su patrimonio a una o más sociedades existentes o las destina a la creación de una o varias sociedades. Por ello hay que aclarar, que en cualquiera caso la escisión implica transferencia patrimonial de activos y pasivos, aún en el evento de que los socios (inversionistas) mantengan el mismo porcentaje de participación en el capital social.

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CONCEPTO 2512
RENOVACION DEL REGISTRO DE LAS SOCIEDADES CIVILES

Tema: La sociedades civiles están en la obligación de renovar su registro
Concepto: 162225 de agosto 9 de 2014
Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio

Teniendo en cuenta las diferentes consultas que se han presentado de las Cámaras de Comercio en relación con la renovación del registro de las sociedades civiles, nos permitimos publicar el concepto que sobre el particular emitió la Superintendencia de Industria y Comercio, en el cual deja claro que ese registro deberá renovarse anualmente en los mismos términos y condiciones previstos por la ley para el registro mercantil.

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CONCEPTO 2511
QUÉ SE DEBE HACER ANTE LA PÉRDIDA O DESTRUCCIÓN DE LOS LIBROS DE CONTABILIDAD

Tema: Pérdida de los libros de contabilidad
Concepto: 220-001173 del 13 de enero de 2015
Entidad: Superintendencia de Sociedades

El representante legal como responsable de la información financiera y contable deberá establecer los mecanismos idóneos para la conservación de los libros, para lo cual en caso de pérdida o destrucción de los libros, deberá proceder conforme lo prescribe el artículo 135 de Decreto 2649 de 1993, el cual determina que el ente económico debe denunciar ante las Autoridades competentes la pérdida, extravío o destrucción de sus libros y papeles. Tal circunstancia debe acreditarse en caso de exhibición de los libros, junto con la constancia de que los mismos se hallaban registrados, si fuere el caso. Igualmente, los registros en los libros deben reconstruirse dentro de los seis meses siguientes a su pérdida, extravío o destrucción, tomando como base los comprobantes de contabilidad, las declaraciones tributarias, los estados financieros certificados, informes de terceros y los demás documentos que se consideren pertinentes.

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CONCEPTO 2510
DIFERENCIAS ENTRE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTAS Y LAS SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA

Tema: Control de las empresas de economía mixta y de servicios públicos
Concepto: 907 de noviembre 4 de 2014
Entidad: Superintendencia de Servicios Públicos

¨Las empresa de servicios públicos mixtas no son sociedades de economía mixta, ni pertenecen a la rama ejecutiva del poder público en el sector central, ni en el descentralizado, en otras palabras, no son del Estado, sino entidades en las cuales el Estado tiene participación, por lo tanto las reglas de derecho público, cuando les son aplicables, obedecen más al objeto de que se ocupan ¨los servicios públicos domiciliarios¨ que a la inversión que el Estado ha hecho en ellas¨.

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CONCEPTO 2509
LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO POR UNA SOCIEDAD EXTRANJERA QUE NO TIENE REPRESENTACION EN COLOMBIA

Tema: No se requiere establecerse en el país para celebrar contratos transitorios
Concepto: 220-001097 de enero 9 de 2015
Entidad: Superintendencia de Sociedades

En nuestro medio, las sociedades domiciliadas en el exterior pueden llevar a cabo negocios en el territorio nacional de manera permanente o transitoria; en uno y otro caso disfrutan de los mismos derechos y garantías de las que gozan las sociedades nacionales.

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