CONCEPTOS DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA 31 DE JUNIO 2012


CONCEPTO 2129
VENTA DE ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO

Tema:  Requisitos para la enajenación de establecimientos de comercio
Concepto: 220-039509 de junio 6 de 2012
Entidad:  Superintendencia de Sociedades

“… para que la enajenación de un establecimiento de comercio produzca efectos entre las partes, se hará constar en escritura pública, o en documento privado reconocido por los otorgantes ante funcionario competente. …” Ver más » 


CONCEPTO 2128

ES ILEGAL EL RECAUDO DE TRIBUTOS POR PARTICULARES

Tema: Cobro de tributos por particulares
Concepto: 80112-EE26583 Mayo 02 de 2012
Entidad: Contraloría General de la República

No pueden realizarse por parte de las entidades de orden territorial contrato de concesión donde esté involucrada la administración, fiscalización, liquidación, cobro coactivo, discusión, devoluciones, e imposición de sanciones, ya que son responsabilidades que competen única y exclusivamente a los entes territoriales y sus descentralizadas, y de otra parte, les está prohibido a los particulares ejercer el cobro y recaudo de los impuestos y tributos. Ver más » 


CONCEPTO 2127

REUNIONES PRESENCIALES Y NO PRESENCIALES

Tema: Generalidades de las reuniones presenciales y no presenciales
Concepto: 220-045617 de junio 15 de 2012
Entidad: Superintendencia de Sociedades 

La finalidad, para cualquiera de estas reuniones, es examinar la situación de la sociedad, designar los administradores y demás funcionarios de su elección, determinar las directrices económicas de la compañía, considerar las cuentas y balances del último ejercicio, resolver sobre la distribución de utilidades y acordar todas las providencias tendientes a asegurar el cumplimiento del objeto social. Para el caso de las reuniones no presenciales es indispensable contar con la participación de todos los miembros de la asamblea general, junta de socios o junta directiva. Ver más »


CONCEPTO 2126

EL ADMINISTRADOR DE UNA SOCIEDAD DEBE RESPONDER SOLIDARIAMENTE CUANDO CON SUS DECISIONES LE CAUSE PERJUICIOS A LA MISMA

Tema: Responsabilidad de los administradores
Concepto: 220-045615 de Junio 15 de 2012)
Entidad: Superintendencia de Sociedades 

En los términos del artículo 22 de la Ley 222/95 son administradores, el representante legal, el liquidador, los miembros de junta directiva y todos aquellos que de acuerdo con los estatutos detenten actividades o desarrollen gestiones administrativas, así no tengan la representación legal de la compañía, entre otros. Por su parte, el artículo 24 de la citada ley, contiene el régimen especial de responsabilidades aplicable a quienes de acuerdo con el artículo 22 son administradores, y por tanto son éstos los llamados a responder por los actos o contratos celebrados a nombre de la sociedad que causen perjuicios a ella misma. Ver más »


CONCEPTO 2125

CUANDO LA MORA EN UN PAGO SEA MAYOR A DOS AÑOS, LA PERMANENCIA DEL DATO NEGATIVO EN DATACRÉDITO SERÁ DE 4 AÑOS

Tema: Término de permanencia de la información en Datacrédito
Concepto: 12026913 de marzo 28 de 2012
Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio

De conformidad con la SIC un dato negativo debe permanecer en los bancos de datos por el tiempo que cada caso concreto lo amerite, si es una mora inferior a 2 años el dato negativo no podrá exceder del doble de la mora y si la mora es mayor de 2 años la permanencia será de 4 años contados a partir del pago de la obligación. Ver más »


CONCEPTO 2124

LOS LIBROS DE COMERCIO QUE NO SON OBJETO DE INSCRIPCIÓN ANTE EL REGISTRO MERCANTIL, DEBEN MANTENERSE OBLIGATORIAMENTE ACTUALIZADOS

Tema: Libros de comercio
Concepto: 220045169 de junio 13 de 2012
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Las cámaras de comercio ya perdieron competencia para inscribir libros relacionados con las actas de Junta Directiva, empero, aún persiste la obligación legal para los comerciantes de llevar el libro respectivo para el asentamiento de las actas de reuniones de junta directiva, entre otros, lo cual se colige del hecho de que la norma que así lo exige, pues el no llevar los libros, o mantenerlos desactualizados equivale a inobservar el aludido artículo 125 del Decreto 2649 de 1993, por lo que dicho incumplimiento puede acarrearle a la sociedad y a sus administradores sanciones. Ver más »


CONCEPTO 2123 

CORTE CONSTITUCIONAL

Tema: Actas de conciliación que se deben elevar a escritura pública
Demandante: Adelaida Portilla Lizarazo y otros. 
Demanda: 9162 de julio 4 de 2012. Corte Constitucional

Los demandantes señalan que regular las ocasiones en donde las conciliaciones se deben elevar a escrituras públicas no es competencia de los notarios, pues este requisito es regulado por la ley. Ver más »