CONCEPTOS DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA 15 DE OCTUBRE 2012


CONCEPTO 2162

¿CUÁNDO SE CONSIDERA QUE UNA SOCIEDAD ES CONTROLADA?

Tema: Situaciones de control
Concepto: 220-059337 de agosto 1 de 2012
Entidad: Superintendencia de Sociedades

La ley ha señalado que el hecho de tener el poder de decisión de una sociedad sometido a la voluntad de otra u otras personas es el que determina la existencia de la situación de control o subordinación. Siempre que una sociedad se encuentre enmarcada en esta situación se predicará de ella el carácter de subordinada o controlada, y aquella persona que determine su poder de decisión será considerada como la matriz o controlante.Ver más »


CONCEPTO 2161

REUNIONES DE LA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS

Tema: Suspensión de las reuniones del máximo órgano social
Concepto: 220-053939 de julio 4 de 2012
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Respecto al tema de la suspensión, el artículo 430 del Código de Comercio, expresa que las deliberaciones de la asamblea podrán suspenderse para reanudarse luego, cuantas veces lo decida cualquier número plural de asistentes que represente el cincuenta y uno por ciento, por lo menos, de las acciones representadas en la reunión. Por lo anterior, se puede ser suspender para reanudarse luego, tantas veces se disponga dentro de los 3 días siguientes al inicio de la reunión suspendida.Ver más »


CONCEPTO 2160

ES PROHIBIDO UTILIZAR LA DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN, ESCISIÓN, ENTRE OTRAS, PARA ACCEDER AL BENEFICIO DE PROGRESIVIDAD

Tema: Exclusión a los beneficios de la Ley 1429 de 2010
Concepto: 53946 de agosto 24 de 2012
Entidad: Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales – DIAN

Si una empresa, con el propósito de obtener el beneficio de la progresividad en el pago del impuesto sobre la renta utiliza el objeto social, la actividad, la nómina, el o los establecimientos de comercio, el domicilio, los intangibles o los activos que conformen su unidad de explotación económica de una empresa que haya sido disuelta, liquidada, escindida o inactiva con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley, establece la DIAN que en ningún caso podrá acceder al beneficio de progresividad en el pago del impuesto sobre la renta y complementarios.Ver más » 


CONCEPTO 2159

SE SEÑALA COMO DEBE SER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTATAL CUANDO LA CUANTÍA ES MÍNIMA

Tema: Contratación de mínima cuantía
Concepto: 80112-EE42928 de Junio 27 de 2012
Entidad: Contraloría General de la República

Preguntan cuál es el procedimiento para las contrataciones estatales de mínima cuantía. Responde la entidad que teniendo en cuenta que conforme a lo establecido en el Decreto 734 del 2012, Capítulo V "De la Mínima Cuantía", Art. 3.5.4. "Procedimiento de selección y publicidad a través del Secop", lo que procede es publicar la comunicación de aceptación de oferta (en la que incluya los requisitos de un contrato para proceso de mínima cuantía), junto con la oferta seleccionada, pues los dos (2) constituyen los únicos documentos obligatorios que el SECOP solicita, y que se instituye para todos los efectos, como el contrato celebrado. Ver más »


CONCEPTO 2158

CONCEPTO DEL PROCURADOR EN LA DEMANDA DEL ARTÍCULO 90 DEL DECRETO 019 DE 2012 SOBRE LAS ACTAS DE CONCILIACION


Tema: Las actas de conciliación no deben elevarse a escritura pública
Concepto: 5417 de agosto 13 de 2012
Entidad: Procuraduría General de la Nación

El Procurador General de la Nación  se pronuncia frente a la demanda del artículo 90 del decreto 019 de 2012 relacionado con las actas de conciliación y la exigencia de elevarlas a escritura pública; en el sentido de manifestar que tal prerrogativa es resultado del acuerdo de las partes, sea en un contrato o sea en una conciliación, no hay desmesura o irrazonabilidad en exigir que este acuerdo sea elevado a escritura pública para someterlo a dicho registro. Ver más »


CONCEPTO 2157

LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO CONTRA PARTICULARES SOLO PROCEDE SI EJERCEN FUNCIONES PUBLICAS


Tema: Ejercicio de la acción de cumplimiento
Consejo de Estado Radicación número: 54001-23-31-000-2012-00106-01(ACU)Bogotá, D.C., dieciséis (16) de agosto de dos mil doce (2012)
Consejero ponente: MAURICIO TORRES CUERVO.Ver más »