CONCEPTOS DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA 31 DE JULIO 2013


CONCEPTO 2277

PUEDE DEFERIRISE A UN TERCERO LA TENEDURIA, IMPRESIÓN Y ARCHIVO DE LIBROS DE COMERCIO

Tema: Se pueden contratar los servicios de outsourcing sin que esto exima de responsabilidad a los administradores societarios
Concepto: 220-078720 de juni0 26 de 2013
Entidad: Superintendencia de Sociedades

"... resulta factible que para efectos de practicidad, en el evento que los administradores puedan garantizar a los asociados el debido ejercicio de su derecho de inspección sobre la documentación societaria del caso, lo cual incluye, ubicación, oportunidad y extensión de la misma y estos mismos se responsabilicen por la fidelidad y demás requisitos que debe observar la contabilidad social, así como sobre la custodia de la totalidad de la documentación societaria, puedan apoyarse entre tanto en terceros, cualquiera sea su naturaleza, para la teneduría, impresión y archivo de la información que deba reposar en los libros de comercio."

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CONCEPTO 2276

 ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEBEN RENOVAR INSCRIPCIÓN EN EL RUES Y PAGAR A CÁMARAS DE COMERCIO

Tema:
Concepto: 13113916 de junio 21 de 2013
Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio

De acuerdo con lo previsto en el artículo 166 del Decreto Ley 19 del 2012 (Decreto-Ley Antitrámites), las entidades sin ánimo de lucro deben renovar cada año su inscripción en el registro único empresarial y social (RUES), con el fin de mantener la actualización del registro y garantizar la eficacia del mismo, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. La excepción de pago prevista en el inciso cuarto del artículo mencionado no es aplicable al registro de estas entidades, pues no se cumple con la condición de traslado. Por lo tanto, deben pagar a las cámaras de comercio la prestación de los servicios registrales de inscripción y renovación, en los mismos términos previstos para las sociedades comerciales, precisó la entidad.

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CONCEPTO 2275

OFERTA DE VENTA DE ACCIONES MEDIANTE LA CONDICIÓN "TODAS O NINGUNA" ES PLENAMENTE VALIDA POR QUIEN EJERZA EL DERECHO SOBRE LAS MISMAS

Tema: Un accionista puede exigir cuando ofrece la totalidad de las acciones que solo venderá si las compran todas
Concepto: 220086961 de julio 15 de 2013
Entidad: Superintendencia de Sociedades

La Supersociedades ha establecido que el ejercicio del derecho de disposición que recae sobre cada acción, de conformidad con lo dispuesto por el Código de Comercio, permite negociar libremente "todas las acciones" lo cual significa que quien se encuentra en la posición jurídica de accionista, amén de la facultad de negociar libremente sus acciones, puede definir si las ofrece en forma parcial o total y por ende señalar que cuando las ofrece todas, solamente se obligará a venderlas, si efectivamente se las compran todas, abstracción hecha de que haya o no destinatarios de la oferta interesados en adquirir parte de las mismas

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CONCEPTO 2274

LA INVERSIÓN SUPLEMENTARIA AL CAPITAL DE UNA SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA NO ES OBJETO DE INSCRIPCIÓN ANTE EL REGISTRO MERCANTIL

Tema: La inversión suplementaria hace relación a una cuenta especial del patrimonio
Concepto: 220-083186 de julio 3 de 2013
Entidad: Superintendencia de Sociedades

La inversión suplementaria al capital asignado de una sucursal de sociedad extranjera se concibe como un instrumento para dinamizar el desarrollo de las operaciones de la sucursal, y por tal razón permanece en constante variación, lo que hace inoperante la inscripción de dicho rubro en el Registro Mercantil.

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CONCEPTO 2273

 CONTROL DE LEGALIDAD QUE REALIZAN LAS CÁMARAS DE COMERCIO SE LIMITA A LOS DOCUMENTOS SUJETOS A LA FORMALIDAD DE INSCRIPCIÓN.

Tema: La función registral en las Cámaras de Comercio es reglada
Concepto: 13157770 de julio 30 de 2013
Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio

La Función registral que realizan las cámaras de comercio es eminentemente reglada y restringida a lo expresamente consagrado en el ordenamiento jurídico, y por ello, el no registro de un acto o documento por parte de las cámaras, obedece a que se presente algunas de las causales de abstención de registro, previstas en la Circular Única que la SIC ha emitido o que los actos o documento no estén sujetos a la formalidad de inscripción, conforme a lo establecido en el artículo 28 del Código de Comercio.

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CONSERVACION DE LOS LIBROS Y PAPALES DEL COMERCIANTE

 

Tema: Término de conservación de los documentos del comerciante
Concepto: 220-083021 de julio 1 de 2013
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Hoy día el comerciante debe conservar la documentación societaria por un periodo de diez (10) años contados a partir de la fecha del último asiento, documento, o comprobante, pero para tal efecto puede elegir si lo hace en medio escrito, o en cualquier medio técnico, magnético o electrónico que garantice su reproducción exacta, que debe cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 527 de 1999.

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ASPECTOS GENERALES SOBRE LOS LIBROS DE ACTAS

Tema: Conservación y destrucción de los libros de actas
Entidad: Superintendencia de Sociedades
Concepto: 220-064173 de junio 6 de 2013

" ... establece la normatividad que el ente económico debe denunciar ante las autoridades competentes la perdida, extravío o destrucción de los libros y papeles y proceder a su reconstrucción. Por consiguiente los registros en los libros deben reconstruirse dentro de los seis (6) meses siguientes a la perdida , extravío o destrucción, tomando como base los comprobantes de contabilidad, las declaraciones tributarias, los estados financieros certificados, informes de terceros y demás documentos que se consideren pertinentes. (Artículo 135 del Decreto 2649 de 1993)."