CONCEPTOS MARZO 15 DE 2011
CONCEPTO 1900
LA BUENA FE NO EXCLUYE QUE EL LEGISLADOR REGULE CIERTOS COMPORTAMIENTOS CONTRARIOS A DERECHO
Tema: La buena fe
Consejo de Estado Expediente 200500149-01 Diciembre 16 de 2010
Consejera Ponente: Maria Claudia Rojas Lasso
Mientras en los mandatos superiores se introduce un claro límite a las autoridades administrativas, judiciales y de control para agregar requisitos no previstos en la ley, ésta goza de expresa autorización constitucional para preverlos, cuando reglamenta de manera general derechos o actividades. Al estipular requisitos el legislador no viola el principio de la buena fe, pues no presume nada en contra de ella; no parte del supuesto de la mala fe del gobernado; simplemente se limita a cumplir su función de salvaguarda del interés general y de ordenamiento mínimo en lo que respecta al servicio público y al funcionamiento de los entes estatales. Ver más
CONCEPTO 1899
CUANDO SE INCUMPLEN LAS OBLIGACIONES DE UN ACUERDO DE REESTRUCTURACIÓN SE DEBE MODIFICAR MEDIANTE UNA REUNIÓN
Tema: Incumplimiento de obligaciones derivadas de un acuerdo de reestructuración
Concepto: 1453 de octubre 18 de 2010
Entidad: Superintendencia de Sociedades
El incumplimiento de una obligación reconocida en el acuerdo de reestructuración, el acreedor deberá proceder a informar tal circunstancia al promotor, para que convoque a una reunión de modificación del acuerdo, con el fin de realizar las modificaciones que correspondan tendientes a subsanar dicha situación, y por ende, lograr la recuperación económica de la empresa y evitar que la sociedad se vaya al trámite de una liquidación judicial de que trata la Ley 1116 de 2006, y no proceder a iniciar un proceso ejecutivo para el cobro de la obligación incumplida. Ver más
CONCEPTO 1898
PARA DETERMINAR LA SIMILITUD DE DOS SIGNOS SE DEBE ESTABLECER LA CONEXIÓN COMPETITIVA ENTRE LOS ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO
Tema: Similitud de signos
Tribunal de Justica de la Comunidad Andina Proceso IP 2010 Expediente Interno 2002-0367
Para llegar a determinar la similitud entre dos signos se ha de considerar también los criterios que permiten establecer la posible conexión competitiva existente entre los productos y servicios que distinguen las marcas y los establecimientos mercantiles. En ese contexto, deberá tenerse en cuenta, en principio, que al no existir conexión, la similitud de los signos no impediría el registro del signo que se solicite. Ver más
CONCEPTO 1897
EL IMPUESTO DE TIMBRE Y EL CONTRATO DE FLETAMENTO
Tema: Impuesto de timbre
Recurso de Apelación Sala de lo Contencioso Administrativo Consejo de Estado Radicación: 130012331000200201519-01
Número Interno: 17287 Diciembre 9 de 2010
Consejero Ponente: Hugo Fernando Bastidas Bárcenas
El hecho generador del impuesto de timbre está constituido por tres elementos que deben concurrir; el objetivo, que, en general, se refiere al otorgamiento de documentos públicos y privados, en los que consten obligaciones dinerarias; el subjetivo o personal, conforme al cual el otorgante, aceptante o suscriptor del documento debe ser una persona natural comerciante con unos ingresos o un patrimonio determinado; una entidad pública o una persona jurídica o asimilada; y, el espacial o territorial que implica que el documento se otorgue o acepte en el país; se otorgue fuera del país, pero se ejecute en el territorio nacional o genere obligaciones en el mismo. Ver más
CONCEPTO 1896
LAS ESTAMPILLAS SON UN GRAVAMEN QUE SURGE DE LA REALIZACIÓN DE UN ACTO JURÍDICO
Tema: Las estampillas son tasas parafiscales
Consejo de Estado Sala de lo Contencioso Administrativo Radicación 25000-23-27-000-2007-00009-01 (18003) Enero 27 de 2011
Consejera Ponente: Martha Teresa Briceño de Valencia
Las estampillas, pertenecen a lo que se conoce como tasas parafiscales, pues son un gravamen que surge de la realización de un acto jurídico, cual es la suscripción de un contrato con el Departamento, que se causan sobre un hecho concreto y que por disposición legal tienen una destinación específica, cuyas características difieren de las que permiten identificar al impuesto indirecto. Ver más
CONCEPTO 1895
ACTUALIZACIÓN DEL R.U.T. DE UN CONSORCIO PARA CUANDO TERMINA ANTES DE TIEMPO LA OBRA PARA LA CUAL SE CONFORMÓ
Tema: Cancelación del RUT
Concepto: 089442 de diciembre 29 de 2011
Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Cuando la realización de la obra para la cual se conformó el consorcio termine antes del término previsto en el documento del acuerdo consorcial, aún no se dan las condiciones para cancelar la inscripción del rut, si podrá, en el evento en que no se vayan a ejercer actividades gravadas con el impuesto sobre las ventas, actualizar dicho registro como en efecto dispone el artículo 10 del decreto 2788 de 2004, que reglamentó el registro único tributario en todos sus aspectos. Ver más