CONCEPTOS DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA 31 DE OCTUBRE DE 2016


CONCEPTO 2748
EL USO DEL NOMBRE COMERCIAL ES LA PRUEBA NECESARIA PARA LA PROTECCIÓN DEL MISMO

Tema: Protección del nombre comercial derivado de su uso previo
Concepto: Proceso 629 IP de 2016
Entidad: Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina


A diferencia de lo que sucede con el sistema atributivo del registro marcario, en el que el derecho surge del registro, el de protección del nombre comercial se basa en un sistema declarativo de derechos. Es decir, el derecho sobre el nombre comercial no de adquiere por la inscripción o depósito, sino con su primer uso. Además, para que subsista el derecho, dicho uso debe ser real, efectivo y constante.

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CONCEPTO 2747
CRONOGRAMA DE APLICACIÓN DE LAS NIIF

Tema: Fecha a partir de la cual se deben aplicar las normas NIIF
Concepto: 789 de octubre 12 de 2016
Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Tal como lo exige el Decreto 2420 de 2015 los primeros estados financieros con el marco normativo de NIIF debe efectuarse con corte al 31 de diciembre de 2015, debido a que llevar un cronograma diferente al estipulado por el decreto es una clara violación de la ley; debido a la exigencia planteada por la norma esto implica que a partir del 1º de enero de 2016 el Decreto 2649 de 1993 queda derogado a excepción de lo planteado en el párrafo 2, numeral 3 del artículo 2.1.1. del Decreto 2420, lo cual tiene como consecuencia la entrada en vigencia de las NIIF a partir del año 2016.

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CONCEPTO 2746
NEGOCIACION DE ACCIONES CON INTERVENCION DE PERITOS

Tema: Cuando existen discrepancias entre los asociados respecto al ejercicio del derecho de preferencia en la negociación de acciones, o entre aquellos y la sociedad respecto del valor de las mismas, éste será fijado por peritos.
Concepto: 220-195703 del 13 de octubre de 2016
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Puede ocurrir que algunos accionistas interesados en adquirir las acciones ofrecidas, tengan discrepancias frente al plazo o al precio, caso en el cual se designarán peritos por las partes o en su defecto por el respectivo superintendente, atendiendo que el avalúo y por ende el precio fijado será obligatorio tanto para el oferente como para el adquirente, con la salvedad que las partes pueden convenir las condiciones iniciales si son más favorables que las fijadas por los peritos.

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CONCEPTO 2745
NO ES NECESARIO QUE EL ACREEDOR EFECTÚE EL REQUERIMIENTO AL DEUDOR PARA PODER HACER EFECTIVA LA GARANTÍA MOBILIARIA

Tema: Ejecución de la garantía mobiliaria
Concepto: 196110 del 14 de octubre de 2016
Entidad: Superintendencia de Sociedades

En el caso de que el deudor incumpla sus obligaciones contraídas en el contrato de garantía mobiliaria con el acreedor, este último cuenta con la capacidad de ejercer la garantía dentro de los términos que señale la ley y puede en primer lugar, ejercer realizar un requerimiento escrito al deudor para que dentro de diez (10) días acuerde con él la procedencia de la ejecución especial de la garantía; pero tal requerimiento no es obligatorio hacerlo y en caso de que omita tal formalidad opera por mandato de la ley la ejecución judicial.

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CONCEPTO 2744
ACCIÓN SOCIAL DE RESPONSABILIDAD NO PROCEDE EN LA SOCIEDAD EN COMANDITA.

Tema: La acción social de responsabilidad implica siempre la remoción de administrador en contra de quien se ordena la medida.
Concepto: 220-194245 del 07 de octubre de 2016
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Bajo el entendido que la administración de la compañía le es deferida a los socios gestores por la ley y no por decisión del máximo órgano social, y que la acción social de responsabilidad contenida en el artículo 25 de la Ley 222 de 1995 implica siempre la remoción del administrador en contra de quien se ordena la medida, remoción que no resulta factible al interior de las sociedades en comandita, se concluye que dicha acción resulta incompatible con este tipo societario.

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